3 de junio de 2026

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El Colegio de Psicólogos denunciará penalmente por intrusismo a un falso profesional en Santiago del Estero

La institución emitió una fuerte advertencia a la comunidad tras la publicación de un artículo periodístico protagonizado por Claudio Gustavo Rojas. Aseguran que no es psicólogo, carece de matrícula habilitante e incurre en un delito federal al atribuirse facultades en el campo de la salud mental.
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El Colegio de Psicólogos de Santiago del Estero encendió las alarmas y anunció que iniciará acciones legales de forma inminente ante un grave caso de ejercicio ilegal de la profesión, conocido técnicamente como intrusismo profesional .

La reacción de la entidad deontológica se desencadenó luego de que, el pasado 1 de junio, se difundiera una nota periodística titulada «Un Psicólogo santiagueño da las claves para vivir mejor y hacer frente a las crisis». El protagonista de dicha publicación, identificado como Claudio Gustavo Rojas, se presenta públicamente bajo el rol de «Psicólogo Social».

Sin embargo, desde el Colegio profesional fueron tajantes: Rojas no posee el título de psicólogo y, por consiguiente, no cuenta con ningún tipo de matrícula profesional que lo habilite para ejercer la disciplina en el territorio provincial.

Alerta a la sociedad y amparo legal

A través del comunicado oficial, las autoridades de la institución advirtieron a la ciudadanía sobre los severos riesgos que implica para la población el consumo de elaboraciones teóricas y análisis de salud mental por parte de personas sin la formación académica correspondiente. Explicaron que se trata de una temática sumamente delicada que atañe de forma específica e incumbente a los profesionales matriculados, por lo que estas prácticas informales pueden acarrear consecuencias de extrema gravedad para la salud de los pacientes.

Ante este panorama, el Colegio confirmó que recurrirá a la Justicia para resguardar el estricto cumplimiento de la Ley N.º 6932, que regula el Ejercicio Profesional de la Psicología en Santiago del Estero. Asimismo, recordaron que la conducta del denunciado encuadraría en una falta penal contemplada en el Artículo 247 del Código Penal Argentino, el cual sanciona a quien ejerciere actos propios de una profesión para la que se requiere una habilitación especial sin poseer el título o la autorización correspondiente.

Comunicado