El Gobierno enviará al Congreso Nacional el proyecto de reforma integral del Código Penal: endurece penas para el delito de homicidio, robo, narcotráfico, pornografía infantil y trata de personas. También para los accidentes de tránsito, cuando se demuestra conducción imprudente.
“El que la hace las paga”, afirmó la ahora ex Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, en conferencia de prensa durante la presentación del proyecto junto al jefe de Gabinete, Manuel Adorni. Uno de los principales detalles que remarcaron que los delitos gravísimos como abuso de menores serán imprescriptibles.
“El 82 por ciento de los delitos van a ser con prisión efectiva”, enfatizó
En la actualidad, cuando la pena “no supera los 3 años, el delincuente no cumple con la condena. Con este nuevo código se elevan los mínimos de las penas evitando que los delincuentes sean liberados”, informó por su parte el Ministerio de Justicia de la Nación en un comunicado.
El proyecto determina además la no prescripción del abuso sexual y del homicidio agravado.
Se trata de delitos “cuyo castigo no puede verse condicionado por el tiempo, porque implica un acto de injusticia con las víctimas”, agregó el parte de prensa.
Agravantes frente a sujetos vulnerables: Se precisan escalas penales mayores cuando los crímenes se cometen en perjuicio de personas menores de edad, adultos mayores, personas con discapacidad o cualquier población en situación de vulnerabilidad especial. El aumento de castigos tiene el objetivo de proteger de modo reforzado a quienes requieren protección diferenciada por parte del Estado.
Imprescriptibilidad en delitos graves: El proyecto dispone la imprescriptibilidad de delitos de lesa humanidad, genocidio y graves violaciones a los derechos humanos, y la extiende a conductas como homicidio simple y agravado, abuso sexual, grooming, comercialización o distribución de material de abuso sexual infantil, corrupción de menores, trata de personas, terrorismo, financiamiento del terrorismo y narcotráfico, entre otros.
Interrupción Voluntaria del Embarazo (Ley 27.610): Se sostiene en su totalidad la vigencia de la normativa aprobada en 2020, asegurando el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14 de gestación. La reafirmación de la ley en el texto penal garantiza el acceso y respalda los derechos sexuales y reproductivos en línea con los criterios de salud pública y equidad de género.
Violencia de género: Se actualizan y endurecen los tipos y penas ligados a la violencia de género en todas sus formas: doméstica, sexual y digital, incorporando delitos como el ciberacoso y la difusión no consentida de material íntimo. El código prevé agravantes para hechos cometidos por motivos de género, identidad u orientación sexual y se enlaza con marcos internacionales como la Convención de Belém do Pará y la Ley 26.485 de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Los nuevos delitos que ingresarán al Código Penal
Criminalidad ambiental: Se reconoce expresamente el valor de los bienes colectivos y la defensa del entorno. El Código introduce delitos como el ecocidio y la contaminación agravada, con penas más altas para quienes ocasionen daños irreversibles a ecosistemas, áreas protegidas o a la salud comunitaria, abordando los problemas producidos por el cambio climático y promoviendo la sostenibilidad.
Cibercrimen: La reforma incluye un conjunto de figuras penales específicas para abordar delitos cometidos en el ámbito digital, tales como fraude informático, acceso no autorizado a sistemas, usurpación de identidad en línea, grooming y difusión no consentida de imágenes íntimas, conocida como “pornovenganza”. Con estas modificaciones, se fortalece la protección de la seguridad y la privacidad en entornos virtuales.
Motochorros: El nuevo texto define de manera precisa las conductas delictivas cometidas mediante el uso de motovehículos. Se introducen agravantes particulares dados el riesgo extremo que implican estas acciones para las víctimas y terceros, buscando desalentar este modo de operación que genera elevada preocupación pública en zonas urbanas.
- Delitos de corrupción: Los delitos vinculados con la corrupción pública y privada, entre los que se encuentran el cohecho, enriquecimiento ilícito y negociaciones incompatibles con la función, se actualizan y endurecen en su escala penal, otorgando una respuesta más severa frente a conductas que minan la confianza pública y afectan el funcionamiento institucional.
- Lavado de activos: El Código refuerza el combate contra el lavado de dinero al potenciar la coordinación con organismos de control tanto nacionales como internacionales. Se introducen nuevos instrumentos procesales y materiales para optimizar la recuperación de bienes ilícitos e impedir el blanqueo de recursos provenientes de delitos.
- Terrorismo: La propuesta de reforma actualiza la normativa sobre terrorismo en consonancia con las pautas de Naciones Unidas y el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Se contemplan desde los atentados clásicos hasta los ataques contra infraestructuras críticas, redes eléctricas y sistemas digitales, garantizando una respuesta penal frente a amenazas complejas sin comprometer derechos fundamentales ni criminalizar acciones legítimas de protesta.
- Financiamiento del terrorismo: Se perfecciona la tipificación relativa al financiamiento de actividades terroristas, incluyendo toda operación de provisión, administración o recaudación de fondos con conocimiento del fin ilícito. La actualización responde a exigencias de organismos internacionales e incorpora mecanismos como el congelamiento preventivo de activos y la cooperación internacional, con el objetivo de impedir la captación de recursos por organizaciones delictivas.
- Crimen organizado transnacional: La normativa amplía el encuadre para perseguir delitos cometidos por organizaciones con estructura y alcance internacional. Incluye tráfico ilícito de armas, trata de personas, tráfico de migrantes, contrabando a gran escala y corrupción sistémica. Se suman herramientas de decomiso extendido, persecución de testaferros y mayor gravedad en las sanciones para quienes participen o financien tales estructuras.
- Estabilidad fiscal y monetaria: El Código incorpora la protección de la estabilidad fiscal y monetaria como bienes jurídicos centrales, sancionando delitos económicos vinculados a evasión tributaria organizada, contrabando agravado, falsificación monetaria, intermediación financiera no autorizada y maniobras especulativas de significativa incidencia sobre el sistema económico y el mercado nacional.
- Capítulo destinado a proteger el orden electoral: El proyecto sistematiza y agrupa más de treinta figuras penales dirigidas a preservar la transparencia, igualdad y libertad en procesos electorales. Se sanciona toda conducta capaz de distorsionar el sufragio, alterar la neutralidad durante la jornada de votación o dificultar el ejercicio del derecho al voto. La reforma incorpora además delitos relacionados con el entorno digital, como la manipulación algorítmica, creación o alteración de datos, imágenes, audios o perfiles para influir en el voto, y el empleo de contenidos falsos, cuentas automatizadas, estrategias de segmentación engañosa y algoritmos destinados a la desinformación o coacción electoral.

Recomendados
Qué se espera del dólar en diciembre de 2025: Fin de año con aguinaldo y mayor demanda de pesos
Ola de cierres y despidos masivos en Argentina: un noviembre negro para la industria y el empleo
El Gobierno oficializó la designación de Alejandra Monteoliva en Seguridad