Exclusiva | Plataforma de noticias

Audios y Noticias desde Santiago del Estero, para toda Argentina y el Mundo. Exclusiva | Plataforma de noticias

La Corte Suprema dejó firme el cierre de la causa contra Pepe Cibrián por presunto abuso sexual

Según la Justicia, el planteo en contra de Cibrián es inadmisible. Además, ratificaron que los hechos estaban prescritos.
¡Compartilo!

En una resolución de última instancia que pone fin a un extenso proceso judicial, la Corte Suprema de Justicia desestimó un recurso de queja y dejó firme el cierre de la investigación iniciada contra el reconocido director teatral Pepe Cibrián Campoy. La causa, que se centraba en una denuncia por presunto abuso sexual, fue clausurada definitivamente al considerar que los hechos presentados por la querella ya habían excedido los plazos legales para ser juzgados.

Según la información a la que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas, el máximo tribunal del país —con las firmas de los magistrados Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti— rechazó la presentación impulsada por Raphael Dufort Álvarez. El objetivo de la querella era reabrir el expediente donde se investigaba a José Cibrián Campoy por los delitos de abuso sexual agravado con acceso carnal y carácter grupal. No obstante, los jueces fueron tajantes al evaluar la viabilidad del reclamo.

Los fundamentos del fallo judicial

La decisión de la Corte se basó en la aplicación de normativas procesales que impiden la continuidad de causas cuando el tiempo transcurrido extingue la posibilidad de ejercer la acción penal. En su sentencia, el tribunal fue directo al señalar que “El recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible”Mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, los ministros confirmaron que el derecho a perseguir penalmente estos supuestos hechos se encontraba extinguido.

El origen de este conflicto legal se remonta al 22 de agosto de 2022, fecha en la que se radicó la denuncia formal. En aquel relato, se hacía referencia a incidentes que habrían ocurrido entre los meses de marzo y abril de los años 2000 o 2001, en una propiedad situada sobre la avenida Libertador. Cabe destacar que, al momento de los hechos denunciados, la persona que impulsó la causa tenía entre 26 y 27 años, lo que influyó en la interpretación de los plazos de vigencia de la acción penal.

Un recorrido por las instancias previas

El camino judicial de Cibrián Campoy hacia el sobreseimiento comenzó a finales de 2022. En noviembre de ese año, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional 33 ya había declarado la prescripción de la causa. El argumento central fue que el plazo legal de 12 años había transcurrido sin que existieran motivos válidos para interrumpir o suspender el conteo del tiempo. A partir de allí, la querella inició una serie de apelaciones que recorrieron diferentes niveles de la justicia.

Tanto la Cámara del Crimen como la Cámara Nacional de Casación Penal avalaron las decisiones previas, ratificando que el expediente no podía seguir abierto. Finalmente, ante la llegada del caso al máximo tribunal, la Corte Suprema de Justicia rechazó los argumentos de la querella —quienes apelaban al derecho de las víctimas a la determinación de la verdad— y selló la extinción definitiva del proceso. De esta manera, el director teatral queda desvinculado de cualquier responsabilidad penal derivada de este caso específico.