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Fernando Espinoza, intendente de La Matanza, fue procesado por abuso sexual simple

La denuncia fue presentada en 2021 por una exsecretaria que se vio forzada a recibir en su departamento en tres ocasiones al dirigente peronista, quien en la última visita se habría abalanzado sobre ella, la habría manoseado y forcejeado para desnudarse.
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Una jueza María Fabiana Galletti procesó por abuso sexual simple y desobediencia al intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, a raíz de una denuncia que había radicado una trabajadora del municipio en 2021, quien además era novia de un empresario amigo. La magistrada no ordenó la detención del jefe comunal, pero mantuvo la prohibición de contacto con la víctima y dispuso un embargo de $1.500.000, según se desprende del fallo. 

La denuncia se había cerrado a los pocos meses de radicarse, dado que la víctima se fue del país, por miedo a las «represalias con un pasaje pago por su ex pareja, y no impulsó la acción. Sin embargo, la Cámara Nacional de Apelaciones ordenó reabrirla y la jueza Galletti ordenó el procesamiento del intendente por abuso sexual simple en concurso real con desobediencia, por haber intentando contactar a la joven después de que radicara la denuncia y pesara una orden de restricción, detalló Infobae.

En aquel momento, Espinoza intentó convencer a la mujer de retirar la denuncia y también se lo pidió su ex pareja. Al declarar en la causa, Espinoza rechazó los cargos en su contra. Para la jueza, el descargo del mandatario municipal fue un «vano intento de mejorar su comprometida situación procesal».

El intendente en su descargo señaló aparentes contradicciones en el relato de la mujer, utilizando como testigo a un hombre que habría tenido una relación extramarital con ella y la habría recomendado para el puesto. “Siempre se mantuvo firme en haber sufrido un abuso sexual, por lo que el esfuerzo de la defensa por atacar su credibilidad no tiene asidero”, dijo la jueza. 

“El relato de la víctima asegurando haber sufrido esos tocamientos impúdicos sobre su cuerpo sin autorización se encuentra respaldado con las conclusiones de los especialistas en la materia que la entrevistaron durante el desarrollo de la pesquisa”, añadió Galletti en el fallo, que se conoció este lunes, pero tiene fecha del miércoles 15 de mayo.