La negativa de la oposición de acompañar el Presupuesto 2022 y su rechazo al proyecto de ley en el Congreso no reduce ni elimina impuestos, aseguraron este sábado fuentes del Gobierno nacional.
«Algunos diputados de la oposición justificaron su rechazo diciendo que querían evitar un aumento de impuestos o que se le otorguen determinadas facultades al Ejecutivo pero el Presupuesto no establecía ningún aumento de impuestos, con lo cual su rechazo tampoco implica ninguna reducción de impuestos», explicaron a Télam las fuentes oficiales.
«En relación a los Bienes Personales, dijeron que estaban en contra de la delegación de facultades y que con el rechazo del presupuesto se eliminaban las alícuotas diferenciales para los bienes en el exterior, pero esto es falso porque se va a seguir pagando porque la no aprobación del artículo que otorga la facultad entre 2021 y 2023 para fijar alícuotas no implica que el decreto que ya se utilizó caiga», precisaron las fuentes.
Por lo tanto, aseguraron que «siguen vigentes las mismas alícuotas».
El artículo 82 del dictamen de mayoría establecía la prórroga de la delegación de la facultad al PEN de establecer mayores alícuotas que gravan los bienes en el exterior, recordaron.
La no aprobación de tal prórroga no afecta la vigencia de las mismas, que fueron establecidas por el Decreto 99/19, el cual no tiene vencimiento, precisaron.
Por otra parte, indicaron que «en relación a los derechos de exportación, se incluyó en el Presupuesto una renovación de las facultades de fijar los topes previstos en la Ley de Solidaridad; al caerse esos topes el Ejecutivo vuelve a la situación de 2019, es decir que no habrá ningún tope» y, así, dispondrá ahora de facultades para eventualmente incrementarlos.
Si bien la facultad de gravar, desgravar y modificar los derechos de exportación a las mercaderías argentinas es del PEN, la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva estableció, en su artículo 52, que las alícuotas de derechos de exportación no podrían superar en ningún caso el 33% del valor imponible o del FOB.
Dado que ese artículo tiene como vencimiento el 31 de diciembre de 2021, al no aprobarse el proyecto de Presupuesto 2022 donde se prorrogaban dichos límites, el Poder Ejecutivo dispondrá ahora de facultades para incrementar los derechos de exportación.
Asimismo, remarcaron que «hay muchas reducciones de impuestos que no pueden hacerse por decreto; y al no aprobarse el Presupuesto no se pueden concretar, como los beneficios para zonas francas y empresas como Impsa, Invap e Ieasa».
El proyecto de Presupuesto 2022 preveía la prórroga de impuestos nacionales y asignaciones específicas; así, la negativa a aprobarlo no elimina estos impuestos ni modifica las asignaciones específicas vigentes; e incluso impacta en empresas estatales o de mayoría estatal que no verán reducida su carga impositiva.
«Da la sensación que no sabían lo que estaban votando; en realidad el impacto en lo impositivo es otro», concluyeron las fuentes.
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