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El Salvador: Corte Suprema habilita la reelección presidencial

Sala de lo Constitucional avala reelección presidencial: postulante podrá renunciar 6 meses antes al mandato.
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La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia avaló este viernes 3 de septiembre la reelección presidencial inmediata, a pesar de la Constitución de la República lo prohíbe.

La Carta Magna claramente establece que no puede ser candidato a presidente quien haya ejercido el cargo por más de seis meses “durante el periodo inmediato anterior”.

Sin embargo en la resolución, la Sala de lo Constitucional, impuesta el pasado 1 de mayo por la Asamblea Legislativa oficialista, cita como erróneas las limitaciones establecidas en interpretaciones históricas de la Constitución. Para el caso, ejemplifica con la interpretación hecha en la sentencia 25-VI-2014, Inc. 163-2013 sobre el contenido del artículo 152 ordinal 1°. En él se hace referencia específica de las inelegibilidades, estableciendo que las mismas “están dirigidas a la conservación de fines, bienes o intereses constitucionalmente relevantes, tales como la libertad del sufragio activo (que los electores decidan sin presiones o coacciones indebidas), las competencias electorales equitativas (con igualdad de oportunidades o sin ventajas discriminatorias) y la integridad de la función pública (al evitar los conflictos de intereses)”.

“Al evitar la ocupación reiterada del poder por una misma persona se contribuye a la pureza o regularidad de los procesos electorales, y no solo a favor de la libertad de voto, sino también de condiciones más equitativas entre los competidores. (…) hay que agregar que la limitación temporal del mandato pone de manifiesto el carácter inestable del ejercicio del poder, que finaliza en cierto momento y que debe responder ante los ciudadanos por la forma en que se haya desempeñado”, continúa la sentencia 25-VI-2014, ahora vista a menos por la nueva sala para dar libre paso a la continuidad del presidente en un segundo período.

La nueva resolución de los magistrados impuestos ahora argumenta que “la Sala (dijo) en esa ocasión que todas esas disposiciones citadas indican que la Constitución prohíbe la reelección presidencial inmediata, esto sin tratar de encontrar una interpretación conforme con la realidad”.

La nueva interpretación considera que aquella sentencia “deja de lado que el permitir la postulación del Presidente para competir de nuevo por la presidencia, no implica de facto que este llegue a ser electo, implica únicamente que el pueblo tendrá entre su gama de opciones a la persona que a ese momento ejerce la presidencia, y es el pueblo quien decide si deposita nuevamente la confianza en él o si se decanta por una opción distinta”

Además, alega que hay una lectura errónea de la Constitución, pues según los magistrados, la prohibición va dirigida a los candidatos y no al presidente, por lo que consideran que este último tiene todas las facultades para una reelección si tan solo renuncia 6 meses antes de finalizar su mandato presidencial.

Otro de los argumentos de la Sala para pretender fundamental la resolución es que “no se puede pretender el congelamiento de la jurisprudencia”. Asegura que, aunque los antecedentes de la misma tienen la fuerza vinculante que obliga a los tribunales a someterse a sus propias decisiones, en virtud de la función y el rol que juegan los tribunales constitucionales en la interpretación y la actualización del contenido de la Constitución, “la jurisprudencia puede flexibilizarse o ceder bajo determinados supuestos”

Los diputados de la bancada oficialista no tardaron en empezar a reaccionar y aplaudir la resolución de la Sala. El diputado por Nuevas Ideas, Christian Guevara, publicó en su cuenta de Twitter que será el pueblo salvadoreño el que decidirá para las próximas elecciones presidenciales.

También, la diputada Dania González del partido oficialista compartió en su Twitter una fotografía de Nayib Bukele con el próximo período presidencial.

Fuente La Prensa Gráfica y NODAL