Puntos Clave de la Reforma Territorial Integral
La ley, originada en el Poder Ejecutivo y trabajada en la Comisión de Asuntos Constitucionales, abarca cinco áreas fundamentales para brindar mayor seguridad jurídica y formalidad al uso y tenencia del suelo en la provincia.
1. Agilización en la Prescripción Adquisitiva y Juicios de Usucapión
La diputada Ramírez explicó que la Ley N° 6910 (Código Procesal Civil y Comercial) se reforma para incorporar la figura de la prescripción adquisitiva (usucapión) en el capítulo octavo, a partir del artículo 630.
- Impacto: Los juicios de usucapión, que antes se remitían al Código Civil y Comercial de la Nación (código de fondo), ahora estarán contemplados en el código procesal provincial, lo que acelerará su trámite.
2. Desalojo Inmediato para Usurpación de Posesiones Recientes
Se modificó el Código Procesal Penal (artículo 223) para incorporar la infracción al artículo 181 del Código Penal (delitos de usurpación) dentro de las medidas de coerción.
- Mecanismo: El juez de control, a pedido del damnificado, podrá ordenar el desalojo inmediato de un inmueble (rural o urbano) si la desposesión es inmediata o reciente.
- Aclaración Fundamental: «Si yo llego a un inmueble de mi propiedad, encuentro un intruso, puedo pedir al juez de control el desalojo inmediato. No puedo pedir si ya pasaron 10, 15 años», subrayó la legisladora.
3. Mayores Controles Notariales en Cesiones de Posesión
La reforma de la Ley N° 3662 de Escribanos (artículo 16, inciso 4) impone una nueva obligación a los notarios para evitar la superposición de derechos:
- Obligación: Ante una cesión de acciones y derechos posesorios, el escribano deberá solicitar a la Dirección de Catastro un informe que certifique si existe un plano de levantamiento territorial para prescripción adquisitiva previamente inscripto sobre el mismo inmueble.
- Objetivo: Evitar «innumerables sesiones de posesión sobre un mismo inmueble» y dar mayor transparencia a las transferencias de derechos posesorios.
4. Regularización Ágil de Barrios Antiguos del IPVU
La ley introduce una reforma crucial para los adjudicatarios del Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo (IPVU):
- Se permite la regularización escritural ágil de barrios adjudicados por el IPVU que tengan más de 25 años de antigüedad.
- Requisitos Clave: El interesado deberá presentar el plano de mensura y subdivisión ante el IPVU, el certificado de libre deuda del Impuesto Inmobiliario, obtener el certificado catastral y solicitar la escrituración ante la Escribanía General de Gobierno.
5. Creación de Áreas Estratégicas y Protección de Reservas Forestales
Se reformó la Ley N° 5402 de Colonización y Tierras Fiscales, con la creación de dos áreas de planificación y gestión:
- Área de Planificación de Zonas Urbanas Ruralizadas: Evaluará la factibilidad y controlará la planificación de nuevos núcleos urbanos en zonas fuera de los ejidos municipales, considerando infraestructura y servicios públicos.
- Dirección de Tierras: Tendrá la misión de evaluar la disponibilidad de terrenos públicos para ser afectados a la construcción de viviendas sociales, facilitando el acceso a la tierra a los beneficiarios.
- Protección Forestal: Las zonas de reservas forestales que surjan de los planos productivos autorizados deberán ser inscriptas en el Registro de la Propiedad Inmueble para su publicidad y protección.
Una Ley Consensuada y «Más que Completa»
Respecto a las observaciones técnicas planteadas sobre la complejidad de amalgamar cinco materias en una sola ley, la diputada Ramírez afirmó que la iniciativa fue trabajada con «responsabilidad» por el Ejecutivo y las distintas áreas provinciales, destacando la presencia de especialistas como la escribana Florencia López Castro.
»Es una reforma integral que viene a solucionar un problema de informalidad y de litigiosidad crónica que tenemos en nuestra provincia con respecto al tema de la tierra», aseveró, señalando que la ley fue acompañada por todos los bloques de la Cámara, incluyendo a la oposición.

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