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La Corte rechazó el planteo del Gobierno por los alimentos retenidos y dejó firme la orden de informar el stock

El máximo tribunal desestimó un recurso del ministerio de Capital Humano en la causa por los alimentos almacenados. El fallo no obliga a distribuirlos, pero sí a informar el plan.
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La Corte Suprema de Justicia declaró “inadmisible” una presentación del Estado Nacional contra el fallo que había ordenado al Ministerio de Capital Humano confeccionar un plan de distribución de los alimentos destinados a comedores comunitarios. La decisión mantiene vigente la cautelar dictada en primera instancia, aunque el máximo tribunal aclaró que no implica validar el criterio de los tribunales inferiores ni exige la entrega inmediata de mercadería.

El expediente se originó a comienzos de la gestión de Sandra Pettovello, cuando el Ministerio de Capital Humano suspendió el reparto de alimentos del “Plan Nacional Argentina contra el Hambre” y se desató una fuerte polémica. La situación escaló cuando un pedido de acceso a la información pública reveló que en los depósitos de Villa Martelli y Tafí Viejo había cerca de 5 millones de kilos de alimentos almacenados, algunos próximos a vencer. El dirigente social Juan Grabois impulsó una denuncia penal y un reclamo en el fuero contencioso, mientras que la fiscal Paloma Ochoa pidió medidas urgentes.

El juez federal Sebastián Casanello sostuvo que la definición del destino de los productos forma parte de las atribuciones administrativas del Poder Ejecutivo, pero ordenó —en el marco de una cautelar— que el ministerio elaborara un plan de distribución, con el detalle de tipos de productos, fechas de vencimiento, cantidades y población destinataria, además de informar el stock completo. Dio para ello un plazo de 72 horas.

Juan Grabois anunció que ampliará la denuncia contra Capital Humano
Parte del stock de alimentos que Capital Humano mantuvo almacenado en depósitos
de Villa Martelli y Tafí Viejo

La entonces subsecretaria Legal, Leila Gianni, apeló la decisión y acusó públicamente a Casanello de ser un “juez militante”. Durante la audiencia ante la Cámara Federal, tanto Gianni como Grabois protagonizaron cruces e interrupciones que el tribunal calificó de “inaceptables”, al punto de reclamar sanciones para ambos.

Al analizar el caso, los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico confirmaron la cautelar e hicieron un llamado de atención al Ministerio: remarcaron que, si Capital Humano necesitaba más tiempo para formular el plan, podía haberlo solicitado, en vez de “insistir en cuestionar la supuesta intromisión judicial a través de nuevas vías procesales”.

El depósito de Villa Martelli que tiene los alimentos 20240604
Capital Humano retenía unos 5 millones de kilos de alimentos; su falta de distribución motivó la intervención judicial

“El Ministerio parece dispuesto a acudir a cuantas instancias sea necesario para comprender que es atribución de este Poder del Estado controlar los actos de gobierno cuando afectan derechos fundamentales”, advirtió el tribunal. Y aclaró que el debate no se centraba en políticas alimentarias, sino en determinar si hubo una actuación irregular de funcionarios públicos que agravó la situación de personas con necesidades básicas insatisfechas.

Capital Humano llevó el caso a la Cámara de Casación, que rechazó el planteo, y luego interpuso un recurso de queja ante la Corte Suprema. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron la presentación mediante el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, que permite al tribunal rechazar recursos sin analizarlos.

En un voto aclaratorio, Lorenzetti salió a despejar malentendidos: aplicar el artículo 280 no significa avalar lo que resolvieron los tribunales inferiores. Recordó incluso un fallo previo —el caso Vidal— para subrayar que la Corte no ordenó repartir los alimentos, sino que, sencillamente, optó por no abrir el recurso del Poder Ejecutivo.

Más allá de las apelaciones, fuentes oficiales indicaron que el Ministerio ya había cumplido con la orden de informar el stock y que los alimentos fueron distribuidos a las provincias mediante convenios. El pronunciamiento de la Corte cierra así la vía extraordinaria iniciada por el Gobierno, en un caso que se convirtió en uno de los primeros frentes de conflicto entre la administración de Pettovello y la Justicia en torno a la gestión de la asistencia alimentaria.

Fuente Perfil