Luego de la videoconferencia de ayer donde el presidente de la Nación, Alberto Fernández, conversó con los gobernadores de las distintas provincias sobre el la situación epidemiológica actual, los funcionarios acordaron establecer un operativo sanitario que trabe el desarrollo de aglomeraciones sociales y la consecuente multiplicación del COVID-19 a lo largo de todo el país.
Entre las medidas, se encuentra la prohibición de la circulación nocturna en todo el país, dado que una multiplicidad de informes técnicos que recibió el ejecutivo prueban que la ola de contagios golpeó especialmente a los sectores jóvenes.
El jefe de Gabinete Santiago Cafiero confirmó que «hubo acuerdo de restringir la circulación en horario nocturno y mañana se publicará», en diálogo con Radio La Red AM 910, desde el Instituto Malbrán.
Respecto a la implementación de las medidas, el primer mandatario solicitó a su Gabinete un dispositivo jurídico de aplicación inmediata a través de un decreto, el cual se prevé que sea publicado en el Boletín Oficial antes de la medianoche para que las medidas tengan cumplimiento efectivo desde las 00.00 del 8 de enero de 2021.
Las medidas que se anunciaran hoy a la tarde y comenzaran a regir mañana, según consignó Infobae, se espera que sean las siguiente:
1. Se frena la circulación nocturna en todo el país.
2. El horario prohibición será de 23 a 5 de la mañana. Puede ocurrir que finalmente sea desde las 24.
3. Se establecerá un piso mínimo de contagio para establecer excepciones solicitadas por los gobernadores. Si el piso se mantiene, no se aplica la prohibición. Si sube con el correr de los días, esa excepción queda anulada.
4. La violación a las nuevas disposiciones que anunciará el Gobierno estarán comprendidas en el artículo 205 del Código Penal. Eso significa que los infractores serán denunciados ante la justicia.
5. Se habilitará el secuestro de vehículos y la imposición de multas.
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