Juntos por el Cambio y el Interbloque Federal consensuaron un proyecto de reforma de la ley de Alquileres que vuelve en parte a la norma anterior, con algunos beneficios impositivos para quienes arrenden sus viviendas.
A continuación, los puntos principales del texto que obtuvo el dictamen de la mayoría en Diputados y se encamina a ser discutido en el recinto.
– El contrato de alquiler será por un plazo mínimo legal de dos años. (El vigente es de tres años).
– El valor del alquiler debe fijarse como único y por mes, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes, entre tres y 12 meses.
– Las partes deberán convenir un mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio del contrato, que podrá ser el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Precios Mayoristas (IPM) o el Índice de Salarios (IS) elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices.
– Los contratos de locación de inmueble deben ser declarados por el locador ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
– Incentivos fiscales para los propietarios en monotributo, Bienes Personales e Impuesto a los débitos y créditos bancarios.

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