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Se actualizó el Salario Mínimo, Vital y Móvil: estos serán los valores desde julio

La medida impacta sobre asignaciones, planes y otros haberes, e influye en la estructura de programas y beneficios sociales que dependen de parámetros oficiales
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El Gobierno nacional oficializó el incremento del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), estableciendo un nuevo valor de $317.800 a partir del 1° de julio. Esta decisión, publicada en la Resolución 5/2025 del Boletín Oficial, formó parte de un cronograma de aumentos progresivos iniciado anteriormente, en un contexto en el que no se logró acuerdo en el Consejo del Salario entre los actores empresariales, sindicales y el Ejecutivo.

La normativa vigente estableció un mecanismo de actualización escalonada, con incrementos distribuidos en cinco tramos que comenzaron en abril y concluirán en agosto de 2025. Según el esquema oficial, el salario mínimo arribará a $322.000 en ese mes, completando así el ciclo de subas estipuladas. Este monto representa el nuevo piso legal para los trabajadores con sueldos más bajos dentro del sector formal, aunque también arrastra efectos sobre un amplio abanico de políticas públicas, prestaciones sociales y parámetros previsionales.

En el proceso de fijación del nuevo SMVM, las partes requirieron varias instancias de negociación, pero la falta de consenso predominó en las mesas de trabajo dentro del Consejo del Salario. De este modo, la autoridad gubernamental instrumentó el aumento a través de un decreto, siguiendo el cronograma pautado en mayo. La decisión generó atención porque, más allá del monto nominal definido, la evolución del salario mínimo impacta en la vida económica y social de millones de personas.

Entre los efectos inmediatos, el ajuste repercutió en los haberes de los jubilados que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Según la legislación vigente, quienes se jubilaron sin recurrir a moratorias reciben un haber equivalente al 82% del salario mínimo. No obstante, este mecanismo solo activa un pago adicional cuando el salario mínimo supera el haber jubilatorio mínimo vigente, hecho que no se dio con los valores actuales. Especialistas remarcaron que tanto el atraso del SMVM respecto de la inflación como los mecanismos de movilidad deterioraron la relación entre ambos parámetros, incrementando la sensación de pérdida de poder adquisitivo entre sectores pasivos.

El ajuste del salario mínimo también influyó en la prestación por desempleo. Este beneficio se calcula en base a la mejor remuneración neta de los últimos seis meses laborales y toma como tope un rango fijado entre el 50% y el 100% del SMVM. El monto de la prestación se modificó automáticamente ante cada aumento del piso salarial, permitiendo un reajuste directo para quienes transitaban situaciones de desempleo formalmente reconocidas y cumplían con los requisitos legales.

A esto se sumó el impacto del nuevo salario mínimo sobre las Becas Progresar, orientadas a jóvenes en formación. El acceso a estas becas depende de un umbral de ingreso familiar, establecido en tres veces el SMVM, de modo que la actualización rediseñó el universo potencial de beneficiarios. Cada cambio en el monto del salario mínimo obliga a recalcular automáticamente los derechos y límites para quienes pretenden postularse o renovar su condición dentro de este programa.

Las asignaciones familiares y otros planes sociales también tomaron como referencia el salario mínimo para la definición de sus propios valores y criterios de acceso. Por ejemplo, las condiciones para recibir determinadas ayudas sociales incluyeron, como parámetro excluyente, no superar cierto múltiplo del SMVM como ingreso familiar. La modificación a partir de julio redefinió los valores de corte y provocó un ajuste en el grupo de destinatarios elegibles.

Dentro del ámbito laboral, el salario mínimo funcionó como referencia indiscutida en el piso de negociación salarial, especialmente para sectores de trabajadores no registrados, empleos informales o gremios con menor capacidad de negociación. Si bien muchos convenios colectivos se ubicaron por encima de este umbral, el SMVM estableció un límite mínimo obligatorio para cualquier relación laboral formal reconocida, lo que lo consolidó como un marcador fundamental en la estructura salarial argentina.

Especialistas en derecho del trabajo señalaron que, pese a la actualización oficial, el salario mínimo mantuvo un poder de compra reducido ante la canasta básica total, que según datos del INDEC superó los $850.000 en mayo de 2025 para una familia tipo. Esto significó que el nuevo monto del SMVM apenas cubrió el 37% de los gastos básicos requeridos para no caer bajo la línea de pobreza. La brecha entre el salario mínimo y la canasta básica reflejó una tendencia de deterioro progresivo durante los últimos años, cuestionando la efectividad del incremento a la hora de proteger el ingreso real de los trabajadores más desprotegidos.

Lista de valores previstos para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) en 2025:

  • Desde el 1° de abril de 2025:
    • Mensualizados: $302.600
    • Por hora: $1.513
  • Desde el 1° de mayo de 2025:
    • Mensualizados: $308.200
    • Por hora: $1.541
  • Desde el 1° de junio de 2025:
    • Mensualizados: $313.400
    • Por hora: $1.567
  • Desde el 1° de julio de 2025:
    • Mensualizados: $317.800
    • Por hora: $1.589
  • Desde el 1° de agosto de 2025:
    • Mensualizados: $322.000
    • Por hora: $1.610

En paralelo, el gobierno de Javier Milei mantuvo en suspenso la actualización de varias prestaciones sociales, en línea con su estrategia de ajuste fiscal y control del gasto público. Esto incluyó diferentes programas que dependen parcialmente de actualizaciones automáticas vinculadas a la evolución del salario mínimo. Organizaciones sindicales y sociales manifestaron preocupaciones y reclamaron un reajuste integral, expresando que el monto “no cubre ni lo mínimo indispensable” para la subsistencia.

La Resolución 5/2025, publicada en el Boletín Oficial, formalizó no solo el nuevo valor para julio sino la estructura de aumentos escalonados hasta agosto. Cada tramo, desde abril en adelante, actualizó los haberes mínimos en forma progresiva. Así, el salario mínimo pasó por distintos valores antes de llegar a los $322.000 previstos para el último tramo, estableciendo una hoja de ruta para gremios y trabajadores a lo largo de 2025.

La dinámica del salario mínimo repercutió además en la negociación paritaria de ramas y sectores en condiciones más vulnerables. En las mesas de negociación, el SMVM funcionó como un argumento central para partidos sindicales que buscaban equiparar los sueldos más bajos con los nuevos valores oficiales. Para muchos gremios, el ajuste significó un respaldo para evitar que los básicos de convenio queden por debajo del umbral legal y enfrentar mejor el impacto de la inflación.

Varios planes sociales clave también vincularon automáticamente sus montos y condiciones con el salario mínimo. Programas de transferencia directa, planes de fomento al empleo y ayudas familiares definieron tanto topes como pisos en función del valor de referencia fijado por el Estado nacional, hecho que multiplicó los efectos de la actualización en distintos segmentos sociales.

El reajuste del salario mínimo operó además como detonante de debates sectoriales. Especialistas y referentes sociales advirtieron sobre el posible surgimiento de mayores conflictos sociales y sindicales si la evolución del SMVM no logra acercarse al ritmo de la inflación ni recuperar el terreno perdido en el poder adquisitivo. Se recogieron testimonios de dirigentes sindicales y organizaciones sociales que manifestaron inquietud por el posible empeoramiento de la situación social.

Las consecuencias del ajuste se reflejaron en indicadores oficiales y evaluaciones privadas. La relación entre el SMVM y el ingreso medio nacional expuso una brecha histórica. Decenas de sectores, especialmente los más vulnerables, vieron cómo la incidencia del salario mínimo como parámetro central incidió directamente en las condiciones para acceder a planes, subsidios y beneficios, así como la posibilidad de sostenerse en el mercado de trabajo formal.

En el caso de la prestación por desempleo, el reajuste de los montos permitió atenuar parcialmente el impacto de la inflación en los beneficiarios. Sin embargo, la dinámica inflacionaria redujo de manera progresiva la utilidad real de este mecanismo de cobertura económica ante la pérdida de empleo.

Para los gremios y sindicatos, la fijación de un nuevo SMVM configuró un marco fundamental al encarar negociaciones salariales en contextos económicos adversos. El monto actualizado funcionó como un límite infranqueable en cualquier nuevo acuerdo paritario, en especial para aquellas ramas productivas donde el poder de negociación resultaba más acotado.