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Contó su orientación sexual en el trabajo, tuvo un hijo y lo echaron

Leonardo Hatanaka Da Silva denunció ante el Inadi que la multinacional para la que trabajaba en Buenos Aires lo despidió 12 días después de haber solicitado la licencia por nacimiento. El organismo dictaminó que se trata de una acto discriminatorio.
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Un migrante brasileño que fue padre en Argentina por gestación por sustitución denunció ante el Inadi que la multinacional para la que trabajaba en Buenos Aires lo despidió 12 días después de haber solicitado la licencia por nacimiento que ofrece la empresa a sus trabajadores sin distinción; quedando sin trabajo y sin casa en un país que no es el suyo y con un bebé ya nacido, y este viernes el organismo confirmó que se trata de un acto discriminatorio.

El Inadi difundió este viernes su dictamen sobre el caso en el que concluyó que «se encuadra en los términos de la Ley N.º 23.592 como conducta discriminatoria», según el documento firmado por la coordinadora de la Dirección de Asistencia a la Víctima, Tatiana Hirschhorn.

La denuncia fue realizada por Leonardo Hatanaka Da Silva (37) quien desde hace 16 años conforma con Rodrigo (40) una familia que ahora se agrandó con la llegada de Matteo, nacido el 5 de mayo último gracias a una amiga que gestó solidariamente el embrión obtenido por técnicas de fertilización humana asistida.

Y la denunciada es «Genzyme de Argentina«, una de las tres entidades legales con las que opera en el país la farmacéutica Sanofi que desde hace tres años tiene por política laboral en toda Latinoamérica, otorgar una licencia de 180 días por nacimiento de hijo, sin distinción de género.

De hecho, en julio de 2020 había emitido una comunicación para informar que la compañía «cuenta con una nueva política de licencia parental en Latinoamérica, extendiendo el beneficio hasta 6 meses pagos para todos sus colaboradores de tiempo completo, sin importar su género ni grado de carrera», siendo esto «válido para madres y padres de niños y niñas nacidos o adoptados desde el 1 de enero» de aquel año.

«Este despido está directamente relacionado con mi orientación sexual y mi decisión de formar una familia», consideró Leonardo.

Al analizar el caso, Inadi precisó que «la postura de la empresa consistió en negar de plano la motivación insinuada -en la denuncia- y asegurar que el despido se produjo por la merma en el rendimiento laboral del denunciante».

El organismo se preguntó también: «¿Cuál fue el momento en que comenzó la supuesta caída en el desempeño de Hatanaka?».

De lo actuado, consideró que fue «en fechas de estricta correspondencia con el comienzo del proceso emprendido por el denunciante y su pareja para tener un hijo».

La denuncia ante organismos

En ese sentido desde el Inadi concluyeron que «lo que se manifiesta de manera implícita es una conducta discriminatoria por orientación sexual en tanto la complejidad del proceso llevado a cabo por el denunciante y su pareja fue ocasionada precisamente por ser gay, es decir, por no estar alcanzados por la cobertura de salud».

añadió que «el proceso aludido se volvió tortuoso para el Sr. Hatanaka por su orientación sexual; de otro modo habría estado cubierto por el servicio de salud de la empresa».

La denuncia de Hatanaka fue apoyada por organizaciones LGBTIQ+ nacionales e internacionales como la Asociación de Familias Diversas de Argentina (AFADA) y la organización global de defensa legal de los derechos reproductivos Center for Reproductive Rights (CRR).

«Yo trabajé para Sanofi en Brasil entre 2011 y 2015, y durante esos años fui promovido y ascendido de modo tal que entré como gerente de proyecto y me fui como gerente de producto senior para trabajar en otra empresa», contó.

Cuatro años después, su marido «recibió una promoción» de la empresa en la que trabajaba a condición de comenzar a trabajar en la filial de Chile, ante lo cual «yo renuncié a todo lo que tenía en Brasil y me mudé con él».

En el país trasandino volvió a reincorporarse a la empresa Sanofi y otra vez fue ascendiendo hasta que en septiembre de 2021 le ofrecieron un puesto mejor en las oficinas de la firma en Buenos Aires.

«Cuando alguien es enviado a trabajar a otro país, se les llama ‘expatriado’ y le corresponden beneficios como el pago de una vivienda y un seguro médico que están de acuerdo con la composición familiar», explicó.

Una situación tortuosa

«Durante mi estancia en Argentina, declaré por primera vez mi orientación sexual a la empresa y compartí mi decisión de formar una familia a través de la gestación subrogada», compartió.

Una primera decepción la tuvo cuando la cobertura de salud que la empresa había contratado para la pareja les denegó la cobertura del procedimiento para la gestación.

«Estos tratamientos estaban contemplados en el plan de salud y no había ninguna cláusula de exclusión para familias homoparentales, pero aun así nos lo denegaron. Pero como yo tenía el sueño de ser papá y tenía presupuesto para hacerlo, decidimos pagarlo con nuestros recursos», agregó.

En octubre de 2022, ni bien «la ecografía confirmó el embarazo» de la gestante, «lo notifiqué junto con la fecha probable de parto» y empezó «a recibir un trato muy raro» por parte de la empresa.

«Como nuestro hijo iba a nacer en mayo y tres meses antes hay que informar que uno tiene la intención de tomar la licencia, el 1 de febrero los notifiqué, y el 13 de febrero me despidieron«, dijo.

«No me pagaron las indemnización y dejaron de pagar el alquiler por la vivienda donde vivimos en Argentina», añadió.

Para Hatanaka «fue una sorpresa» la decisión de la patronal a la que «no le encontraba ningún sentido. Recién en abril la empresa contestó mi telegrama negando mi paternidad y diciendo que no tengo derecho a nada», explicó a Télam.

«Como entendí que allí había una negación de derechos, fui a hacer la denuncia al Inadi el 17 de mayo, el Día contra la Homofobia», recordó.

Como contrapartida, en el Registro Civil porteño pudieron inscribir el bebé como hijo de la pareja «sin problemas«, y lo mismo en Anses.

Reclamo en la Justicia Laboral

Por otro lado, Hatanaka inició reclamos ante la justicia laboral que ya se encuentran en la instancia de Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (Seclo).

Para la abogada especializada en derecho de familia Natalia De la Torre, el caso denunciado «se puede enmarcar de dos maneras y por ambas vías se llega al mismo al mismo punto, la violación al principio de igualdad y no discriminación, en este caso por orientación sexual o hacia las parejas de la diversidad sexogenérica».

De la Torre explicó que la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) otorga actualmente 90 días de licencia por nacimiento a la madre gestante y «una licencia muchísimo más acotada», de sólo dos días al progenitor porque es muy anticuada y se basa «en la idea de que la mujer es la principal y casi única cuidadora de los hijos».

Pero además no tiene en cuenta «a las familias que no encajan en el modelo papá/mamá».

«La protección contra el despido por maternidad en la LCT está pensada sólo para el caso de la mujer que gesta: cuando la despidan seis meses antes de que comience su licencia o en el marco de la licencia, se presume que la están despidiendo por embarazo y le corresponde una indemnización agravada mayor que la indemnización común por despido sin causa», explicó.

De la Torre aseguró que «lo importante de este caso es que debería plantearse el supuesto de un despido por paternidad o por nacimiento de un hijo más allá de que no sea una madre que lo haya peticionando», dado que la desvinculación laboral sobrevino 10 días después de notificar la intención de tomarse la licencia que le correspondía por paternidad.

La especialista explicó que «hay un antecedente del 2020 que es un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación» en el que el máximo tribunal dio la razón a un hombre que fue despedido tras comunicar que iba a contraer matrimonio con una mujer, basándose en las previsiones del título séptimo de la LCT titulado ‘Trabajo de Mujeres'».

«Antes de ese fallo, siempre se creyó que ese artículo sólo era aplicable a mujeres, pero cuando en 2020 este caso llegó a la Corte los jueces dijeron: – no, esta norma protectoria contra los despidos es para trabajadores y para trabajadoras. Por eso yo creo que este es un muy buen precedente», concluyó.