21 de abril de 2026

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El Gobierno autoriza a empleados públicos a solicitar la baja de descuentos de cuotas sociales en sus haberes

​A través de una resolución del Ministerio de Economía, los agentes de la Administración Pública Provincial podrán gestionar el cese de los descuentos destinados a mutuales, cooperativas o asociaciones civiles, buscando aliviar la presión sobre el salario en el actual contexto inflacionario.
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​El Ministerio de Economía de la Provincia emitió la Resolución RESOL-2026-2121-E-GDESDE-MEC, mediante la cual se otorga a los empleados públicos una nueva herramienta para la administración de sus ingresos personales. La medida, firmada por el ministro Atilio Chara el pasado 16 de abril, autoriza a los agentes a solicitar, en cualquier momento, la baja de los descuentos en concepto de cuota social practicados en sus haberes mensuales en favor de asociaciones mutuales, civiles sin fines de lucro y cooperativas.

​La normativa aclara que, si bien se puede interrumpir el aporte de la cuota social, los descuentos correspondientes a deudas vigentes continuarán aplicándose hasta su cancelación efectiva.

​Fundamentos de la medida

​Entre los considerandos de la resolución, el Ejecutivo Provincial destaca la necesidad de proteger la integridad del salario frente a la «sostenida erosión del poder adquisitivo» y el incremento del costo de vida. El documento señala que el sueldo del empleado público es el sustento esencial para salud, alimentación y educación, bienes que han sufrido aumentos constantes.

​Asimismo, el Ministerio fundamentó la decisión tras detectar casos donde las cuotas sociales resultaban desproporcionadamente elevadas en comparación con los servicios efectivamente brindados por las entidades. Con esta resolución, se busca devolver a los trabajadores mayor autonomía económica y libertad para organizar su situación patrimonial en el complejo escenario financiero actual.

​La Dirección de Asuntos Jurídicos intervino en el proceso, dictaminando que no existen impedimentos legales para la aplicación de esta medida, amparada en las facultades conferidas por la Ley N° 6.658.