En las últimas horas el Gobierno nacional flexibilizó el cepo cambiario con una serie de medidas del Banco Central y de la Comisión Nacional de Valores.
Las personas humanas ya no deberán liquidar los dólares por exportaciones de bienes, aunque sí deberán ingresarlos al país, y se iguala el criterio con servicios.
Asimismo, se elimina el tope de US$50 para el retiro de efectivo en el exterior mediante tarjeta de crédito con lo cual se facilita el gastos fuera del país y permite un menor traslado de efectivo.
En el caso de las empresas se extienden los plazos para ingresar divisas que pasan de de 60 a 180 días para exportaciones a filiales (si no superan US$ 200M anuales) y de 180 a 365 días para otros rubros como indumentaria.
A su vez se extiende a 365 días el plazo para bienes de capital. Asimismo, se habilita el pago de Obligaciones Negociables y deudas comerciales hasta 3 días antes del vencimiento.
Por otro lado se permite el al oficial para coberturas cambiarias de deudas en otras monedas. Estas medidas se toman en momentos en que se negocia con el FMI la segunda revisión del acuerdo.

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