La crisis económica y la pérdida del poder adquisitivo continúan empujando a miles de familias a recurrir al financiamiento para cubrir sus gastos diarios. En este contexto, el debate sobre el sobreendeudamiento y los límites de los intereses generó polémica tras las declaraciones del periodista Tomás Méndez en Crónica TV, quien sugirió no pagar las deudas con plataformas como Mercado Pago al considerarlas usureras. Al respecto, el abogado laboralista Ángel Nassif pasó por los micrófonos de Radio Exclusiva para precisar el marco legal y poner paños fríos a la situación.
»Deber no significa perder todos los derechos», enfatizó Nassif, marcando postura frente a la idea de simplemente dejar de abonar un compromiso financiero. Si bien aclaró que en la Argentina no existe la prisión por deudas y que los acreedores tienen legítimo derecho a cobrar, remarcó que dicho derecho no es ilimitado. Ante el desequilibrio que generan las denominadas cláusulas abusivas, la Constitución Nacional, el Código Civil y Comercial y la Ley de Defensa del Consumidor otorgan herramientas para renegociar o frenar cobros desmedidos.
El especialista explicó que la problemática se replica a nivel provincial y afecta de lleno a Santiago del Estero, donde la necesidad lleva a muchas personas a firmar contratos sin revisar detenidamente la «letra chica» sobre punitorios e intereses resarcitorios. Esta dinámica se profundiza principalmente en los resúmenes de las tarjetas de crédito, compromisos bancarios y en las nuevas plataformas digitales de pago.
Finalmente, Nassif detalló que ante el cobro de tasas por encima de los parámetros fijados por el Banco Central o el Ministerio de Economía, el consumidor puede acudir a los organismos de Defensa del Consumidor o recurrir a la Justicia mediante una acción de amparo. De esta manera, un juez puede intervenir en el contrato para suspender los intereses desproporcionados, fijar un monto provisorio y permitir que el deudor continúe abonando el capital reclamado de manera justa y sostenible.

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