La Ley 27399 Feriados nacionales y días no laborables, establece como días feriados nacionales y días no laborables en todo el territorio de la Nación, entre otros los siguientes:
Feriados Viernes Santo.
DIAS NO LABORABLES: jueves Santo.
Por lo tanto conforme la naturaleza de tales fechas que sin dudas son días que tienen una alta consideración y significancia para la religión católica y toda su feligresía, y conforme a la tradición que rige en Semana Santa en el ámbito administrativo de la Provincia, en tales fechas no habrá actividad laboral quedando solamente obligados las guardias y/ los servicios esenciales del estado conforme la programación que establezca cada jurisdicción.
Solo funcionaran las guardias en el sector público.

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