El debate alrededor de la sostenibilidad del programa económico sumó un nuevo capítulo tras las recientes declaraciones del ministro de Economía, Luis Caputo. En un contexto marcado por los reiterados reclamos de intendentes, gobernadores y sectores productivos por el deterioro de la red vial nacional, el titular de la cartera económica admitió de forma implícita que los recursos con asignación específica —como los más de 1,3 billones de pesos provenientes del Impuesto a los Combustibles Líquidos— no fueron derivados a las obras de mantenimiento vial, sino retenidos por el Tesoro para consolidar las cifras del superávit fiscal.
La controversia escaló al confirmarse que, pese a la continuidad del cobro del tributo en los surtidores de todo el país, las partidas para Vialidad Nacional sufrieron una paralización casi total. Según diversos análisis presupuestarios y de consultoras privadas, la no ejecución de estos fondos no solo resintió el estado de las rutas estratégicas para el transporte de cargas, sino que también expuso que el denominado «déficit cero» se sostuvo, en gran medida, mediante la postergación de obligaciones e inversiones de capital.
Desde el Palacio de Hacienda justificaron la maniobra bajo la premisa de que la prioridad absoluta e innegociable del Gobierno es la estabilidad macroeconómica y la eliminación del déficit a cualquier costo. No obstante, legisladores de la oposición y especialistas en finanzas públicas advierten que el congelamiento de la inversión en infraestructura genera una deuda contingente a futuro, alimentando el cuestionamiento sobre si los números fiscales presentados responden a una consolidación genuina o a un dibujo contable logrado a expensas del deterioro de los bienes públicos.

Lo que no refleja la nota es que lo que se está realizando es un hecho delictivo encuadrado en al artículo 260 del Código Penal de la Nación que dice: «Será reprimido con inhabilitación especial de un mes a tres años, el funcionario público que diere a los caudales o efectos que administrare una aplicación diferente de aquella a que estuvieren destinados. Si de ello resultare daño o entorpecimiento del servicio a que estuvieren destinados, se impondrá además al culpable, multa del veinte al cincuenta por ciento de la cantidad distraída.». En el presente año, estamos hablando de casi 1 billón y medio de pesos que Caputo «distrajo» de su destino para dibujar un superávit fiscal.