19 de septiembre de 2026

Exclusiva | Plataforma de noticias

Audios y Noticias desde Santiago del Estero, para toda Argentina y el Mundo. Exclusiva | Plataforma de noticias

Milei usa Malvinas para romper la soberanía popular

Hay dos banderas de Malvinas. Una es transparente: la que Giovani Lo Celso levantó después de eliminar a Inglaterra en el Mundial con la inscripción “Las Malvinas son argentinas”. La otra lleva también la palabra soberanía, pero debajo trae un proyecto bukeliano de 133 artículos firmado por Javier Milei que modifica el sistema de defensa, inteligencia y seguridad, restringe derechos individuales, crea un nuevo Consejo de Seguridad Nacional y amplía la zona de actuación de las Fuerzas Armadas. Malvinas funciona como envoltorio de un contrabando institucional que pone a la Argentina nada menos que en estado de excepción.
¡Compartilo!

Por Martín Granovsky

La bandera de Lo Celso decía exactamente lo que quería decir. Cuatro palabras: “Las Malvinas son argentinas”. No había nada oculto. Representaba un nacionalismo popular en torno de las islas de carácter democrático, pacifista, popular y sin tintes militaristas. Shila Vilker explica en esta misma edición la fuerza del gesto y de la consigna “La patria no se vende”.

La bandera de Malvinas que levanta ahora Su Excelencia e Presidente Javier Milei es diferente. Porque es opaca. Involucra un proyecto autoritario detrás de un supuesto proyecto de ley de Defensa de la Soberanía Nacional. Según el comunicado oficial, tiene tres objetivos: castigar a quienes explotan ilegítimamente nuestros recursos, conseguir que abandonen esas actividades y “dotar al Estado Nacional de herramientas para protegerse frente a amenazas externas”.

El primer objetivo tiene una relación evidente con Malvinas. Su Excelencia, que antes juró por la Constitución y ahora parece haberla estudiado en su cláusula sobre Malvinas, propone endurecer el régimen contra quienes exploten petróleo, pesca, minerales u otros recursos sin autorización argentina. Amplía las sanciones a proveedores, accionistas y estructuras relacionadas con esas actividades e intenta elevar el costo económico de participar en proyectos como Sea Lion. Esa es una discusión.

Pero el proyecto no termina ahí.

Tiene 133 artículos y rápidamente abandona Malvinas para ingresar en la reorganización general del poder estatal: crea un Sistema de Seguridad Nacional, un Consejo de Seguridad Nacional, modifica conceptos de la Ley de Defensa, regula infraestructura crítica, introduce herramientas económicas de emergencia, crea delitos relacionados con influencia extranjera, espionaje, interferencia electoral y “desinformación”, y amplía las hipótesis en las que pueden actuar capacidades militares.

El propio Gobierno reconoce la extensión del cambio. Durante la cadena nacional del 3 de septiembre, Su Excelencia anunció que el nuevo Consejo definiría una política de Seguridad Nacional “de aplicación obligatoria y transversal a todo el Estado”, articulando Cancillería, Defensa, Inteligencia y Economía.

Malvinas abre una puerta con el intento de consolidar el rediseño de la Argentina que empezó en 2023 con el Decreto 70, señalado por expertos como Raúl Gustavo Ferreyra y Andrés Gil Domínguez como una reforma de facto de la Constitución tanto en sus disposiciones institucionales como en el contrato social que supone.

El proyecto sería un subterfugio para romper la soberanía popular. Jean Jacques Rousseau, Contrato Social, 1762: “La voluntad general puede por sí sola dirigir las fuerzas del Estado según el fin de su institución, que es el bien común. Digo, pues, que la soberanía, no siendo sino el ejercicio de la voluntad general, no puede jamás enajenarse, y que el soberano, que no es sino un ser colectivo, no puede ser representado más que por sí mismo; el poder puede transmitirse, pero no la voluntad”.

Cuando la excepción deja de ser excepcional

El problema aparece con claridad en las facultades extraordinarias previstas para responder a un “riesgo o amenaza grave e inminente”.

El proyecto permite adoptar restricciones sobre transferencias financieras, operaciones cambiarias, importaciones, exportaciones, permisos, concesiones, contratos, créditos, beneficios fiscales, fondos y activos. Algunas medidas podrían incluso comenzar antes de la apertura formal del procedimiento administrativo. Figuran requisitos de fundamentación, proporcionalidad y revisión judicial, pero la estructura coloca en manos del Poder Ejecutivo instrumentos excepcionales disponibles de manera permanente. Es decir que el propio control surge de quien acciona. O sea, control cero.

¿La iniciativa pone a la Argentina en estado de sitio permanente o en estado de excepción?

Aquí conviene distinguir conceptos.

El estado de sitio está expresamente regulado por la Constitución. Su artículo 23 exige “conmoción interior o ataque exterior” que pongan en peligro el ejercicio de la Constitución y de las autoridades creadas por ella. No puede declararse simplemente porque el Gobierno considere que existe una amenaza a la Seguridad Nacional.

Además, el régimen constitucional distribuye competencias. Frente a una conmoción interior interviene el Congreso. Frente a un ataque exterior el Presidente requiere acuerdo del Senado y el estado de sitio debe tener duración limitada.

Un estado de excepción es un concepto más amplio. En el derecho internacional de los derechos humanos, estado de excepción es la situación extraordinaria en que, frente a una emergencia real, el Estado recibe facultades que normalmente no posee o puede limitar temporalmente determinadas garantías. Pero justamente por eso el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas exige que la excepción sea “excepcional y temporal”.

Su Excelencia no declaró el estado de sitio.

El problema es más sofisticado: puede incorporar a la normalidad poderes concebidos para la excepcionalidad. Y de ese modo la normalidad constitucional deja de serlo, porque la excepcionalidad pasa a ser la norma cotidiana.

La cuestión decisiva no es solamente que existan poderes extraordinarios. Es si la frontera entre normalidad y emergencia sigue siendo visible.

Un estado de sitio permanente sería constitucionalmente contradictorio porque aquello que está concebido para suspender temporalmente determinadas reglas dejaría de ser una excepción. Lo preocupante del proyecto es precisamente la posibilidad de construir algo funcionalmente parecido sin denominarlo estado de sitio.

El Gobierno replica que las medidas están limitadas por necesidad, proporcionalidad y control judicial. Pero una restricción que se aplica inmediatamente y cuya impugnación no paraliza sus efectos puede tener consecuencias irreversibles antes de que un juez resuelva.

Y hay otro terreno delicado: la libertad de expresión. El proyecto contempla penas frente a determinadas operaciones extranjeras dirigidas a “manipular la opinión pública” mediante campañas coordinadas de desinformación. Combatir operaciones clandestinas financiadas por potencias extranjeras es una función legítima de cualquier Estado. El problema empieza cuando conceptos como “desinformación” no alcanzan un grado de precisión suficiente. Claudio Jacquelin, en La Nación, recogió críticas constitucionales sobre el posible “efecto intimidante” de esas figuras.

La Constitución argentina dice que todos pueden publicar sus ideas “sin censura previa”.

No es un detalle. Ese principio constitucional también sería suprimido, si la ley se aprueba, por la nueva excepcionalidad normal.

Un Consejo nuevo cuando ya existen dos

Su Excelencia presenta como una innovación necesaria la creación del Consejo de Seguridad Nacional.

Pero la Argentina ya tiene dos consejos.

Tiene un Consejo de Defensa Nacional. La Ley 23.554 establece que debe asistir y asesorar al Presidente en la determinación de conflictos, hipótesis de conflicto, estrategias y planes de defensa. Lo preside el propio Presidente y pueden integrarlo, entre otros, los presidentes de las comisiones parlamentarias de Defensa y representantes de la mayoría y la primera minoría.

Y ya tiene un Consejo de Seguridad Interior. La ley 24.059 le encarga formular políticas sobre seguridad interior, coordinar fuerzas nacionales y provinciales y, textualmente, “establecer la coordinación necesaria con el Consejo de Defensa Nacional”. La legislación contempla además la participación de gobernadores, legisladores y un Comité de Crisis. No es formulación monárquica o bukeliana como la que busca ahora Su Excelencia.

Los instrumentos institucionales existen. No hay un vacío. Y además, siempre funcionaron.

¿Por qué Su Excelencia necesita un tercer consejo colocado por encima de estructuras que ya permiten coordinar defensa y seguridad? ¿Será porque quiere, justamente, que haya una estructura por encima de otras de modo de disolver de hecho a las dos que ya existen? Y si siempre funcionaron, es obvio que pulverizarlas es parte de un rediseño libertario que cada vez acentúa sus características autocráticas y coloniales a medida que empeora la situación social.

Aparece, además, una diferencia institucional importante.

Las leyes de Defensa y Seguridad Interior surgidas de la recuperación democrática establecieron deliberadamente una frontera entre la defensa frente a agresiones exteriores y la seguridad dentro del territorio. La Ley de Defensa ordena mantener la “diferencia fundamental” entre ambas funciones. La Ley de Seguridad Interior permite apoyo logístico militar y contempla incluso la utilización excepcional de elementos de combate de las Fuerzas Armadas, pero para este último supuesto exige condiciones extraordinarias y la previa declaración del estado de sitio.

El proyecto de Su Excelencia se mueve en otra dirección.

Amplía la noción de amenaza exterior para incluir actores no estatales, incorpora operaciones “militares distintas de la guerra” y asigna capacidades vinculadas con la protección de infraestructura crítica.

Formalmente sigue existiendo el requisito de origen externo de la amenaza.

Pero ensancha la zona de contacto entre defensa y seguridad interior. Justo la zona que la democracia argentina decidió mantener restringida después de la dictadura. Y lo hizo por consenso democrático.

Peter Thiel, o cuando la libertad se separa de la democracia

En este punto aparece un personaje que ya no resulta lateral: Peter Thiel.

En abril de este año Su Excelencia recibió a Thiel en la Casa Rosada junto con el canciller Pablo Quirno. Participaron también Matt Danzeisen, de Thiel Capital, y Matías Van Thienen, socio de Founders Fund. Presidencia confirmó oficialmente la reunión. Fue, según otras crónicas, el tercer encuentro entre ambos.

La afinidad no es un secreto. Según la BBC, Su Excelencia definió a Thiel como un “anarcocapitalista” que encuentra a otro anarcocapitalista dispuesto a llevar esas ideas a la práctica.

Thiel merece atención porque no es simplemente un empresario con opiniones políticas.

Cofundó PayPal. Cofundó Palantir, originada en articulación con la CIA, y continúa siendo presidente de su directorio. Dirige Thiel Capital y es socio de Founders Fund. Palantir trabaja con defensa, inteligencia, inmigración, seguridad y procesamiento masivo de información para organismos estatales. Todo eso incluye drones en todo el mundo e inteligencia y control antiimigratorio para las fuerzas de choque del ICE.

Y Thiel dejó escrita su concepción política hace diecisiete años.

En abril de 2009 publicó en Cato Unbound “The Education of a Libertarian”. Allí se definió contra los “impuestos confiscatorios”, algo que justamente es cada vez popular en boca de los demócratas más avanzados de los Estados Unidos, y sostuvo: “Ya no creo que la libertad y la democracia sean compatibles”.

No hablaba de libertad de conciencia. Hablaba desde un libertarismo radical donde propiedad, mercado, limitación del Estado y rechazo de la redistribución ocupan un lugar central. En el mismo ensayo llegó a describir la “democracia capitalista” como un “oxímoron” y concluyó que la gran tarea libertaria consistía en encontrar una “salida de la política en todas sus formas”.

Las ideas de Thiel no permanecieron en un seminario filosófico.

Fue uno de los pocos grandes empresarios tecnológicos que respaldaron tempranamente a Donald Trump en 2016 y aportó 1,25 millones de dólares a su campaña.

Después fue decisivo en el ascenso de JD Vance: destinó alrededor de 15 millones de dólares a la campaña que llevó a Vance al Senado y también invirtió en Narya, la firma de capital de riesgo que Vance había fundado. Vance es hoy vicepresidente de los Estados Unidos.

La relación entre política y negocios es igualmente concreta.

Palantir obtiene una parte sustancial de sus ingresos de contratos gubernamentales y trabaja con agencias militares, de inteligencia y migratorias. Reuters informó que sus ingresos provenientes del gobierno estadounidense crecieron 66 por ciento interanual en el último trimestre de 2025.

Founders Fund, de Thiel, respaldó desde su nacimiento a Anduril, empresa de sistemas militares autónomos, drones y sensores. En 2025 lideró una ronda de inversión con 1.000 millones de dólares. Y Anduril se asoció con Palantir para competir conjuntamente por contratos del Pentágono.

Por eso la reunión entre Su Excelencia y Thiel no puede probar que el proyecto argentino haya sido inspirado por Palantir, y sería irresponsable afirmarlo sin documentación.

Pero tampoco puede tratarse como una curiosidad social.

Existe una corriente ideológica y empresarial que combina libertarianismo económico radical, grandes compañías tecnológicas, inteligencia artificial, defensa, vigilancia, contratos militares y una profunda desconfianza hacia los límites de la política democrática. Casi textualmente lo afirmó el Papa León XIV en la encíclica Magnifica Humanitas, que no trata sobre la inteligencia artificial, como suele leerse sin leer todas las palabras, sino sobre la humanidad en tiempos de la inteligencia artificial.

Washington, las Fuerzas Armadas y la nueva Seguridad Nacional

El proyecto tampoco aparece aislado de la orientación estratégica de Washington.

El 5 de marzo, la Argentina participó de la Conferencia de las Américas contra los Carteles organizada por Estados Unidos. La declaración conjunta comprometió cooperación en seguridad fronteriza, lucha contra narcoterrorismo y narcotráfico y “protección de infraestructura crítica”. Argentina firmó el documento a través de su Ministerio de Defensa.

Ese encuentro tuvo una definición todavía más significativa.

Stephen Miller, una de las figuras centrales de la Casa Blanca de Trump, sostuvo que la fuerza militar es el único camino para derrotar a los carteles, porque, según su diagnóstico, el enfoque tradicional de justicia penal fracasó. El ministro de Guerra Pete Hegseth pidió reforzar las capacidades militares de los países aliados.

Es una modificación conceptual gigantesca.

Narcotráfico, crimen organizado, fronteras e infraestructura crítica fueron tratados antes principalmente como problemas policiales, judiciales y de seguridad interior. Washington promueve cada vez más su incorporación creciente al universo de la defensa y la seguridad nacional, dos conceptos que Donald Trump entiende como hemisféricos. El hemisferio occidental abarca toda América, inclusive su patio trasero ubicado al sur del Río Bravo.

Meses después de ése y otros encuentros, Su Excelencia envía al Congreso argentino una legislación que amplía el concepto de Defensa Nacional, incorpora amenazas no estatales, pone la infraestructura crítica dentro del nuevo sistema de Seguridad Nacional y otorga nuevas funciones a las Fuerzas Armadas.

Hay una convergencia documentable.

Lo que no existe, hasta ahora, es evidencia que permita escribir que Washington dictó el proyecto o que Thiel redactó sus artículos.

La discusión seria es otra.

Su Excelencia está proponiendo cambiar una arquitectura institucional levantada después de 1983 justamente para impedir que defensa exterior, inteligencia y seguridad interior vuelvan a formar un único dispositivo de poder.

Y lo está haciendo bajo una bandera con un extraordinario poder de consenso: Malvinas.

La estratagema es dejar a quien no vote el proyecto porque se opone a la deriva autoritaria como una persona opuesta a la soberanía.

¿Logrará y querrá el Congreso separar cuidadosamente ambos debates?

Una cosa es castigar con toda la fuerza de la ley a quienes participan de la explotación ilegal de recursos argentinos en Malvinas, una práctica habitual en la Adminsitración Macri que Su Excelencia retomó con entusiasmo con ayuda de sus cancilleres Diana Mondino, Gerardo Werthein y Pablo Quirno.

Otra cosa muy distinta es utilizar Malvinas para redefinir la relación entre Fuerzas Armadas y seguridad interior, otorgar poderes económicos excepcionales al Ejecutivo, crear delitos imprecisos vinculados con la información y construir un nuevo organismo de Seguridad Nacional cuando ya existen estructuras legales de defensa y seguridad.

La primera bandera es la de Lo Celso.

Dice lo que dice el trapo, y punto.

La segunda es la bandera de Su Excelencia.

También dice Malvinas.

Pero para saber qué contiene hay que mirar detrás de la tela.

Fuente yahoraque.com.ar