16 de mayo de 2026

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[Audio] Inconstitucionalidad de la Ley Penal Juvenil: Especialistas califican el discurso del senador Zamora como una «pieza de antología» en defensa del federalismo

El abogado constitucionalista Santiago Nassif analizó en Radio Exclusiva la alocución del mandatario santiagueño en el Senado. Advirtió que la normativa nacional pretende legislar sobre facultades reservadas a las provincias, incurriendo en un "avasallamiento" de las autonomías y violando el sistema de división de poderes que establece la Constitución.
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La reciente intervención del senador nacional por Santiago del Estero, Gerardo Zamora, respecto a la Ley Penal Juvenil, ha generado un fuerte impacto en el ámbito del derecho penal y constitucional. En una entrevista brindada a Radio Exclusiva, el abogado Santiago Nassif coincidió con el círculo de intelectuales que consideran el discurso de Zamora como una «clase magistral» sobre los límites del poder nacional.

Para Nassif, el planteo de Zamora trasciende el debate sobre la baja de la edad de imputabilidad —núcleo central de la ley— para centrarse en un principio fundacional: la preexistencia de las provincias y el sistema federal argentino.

Un avance sobre las autonomías provinciales

El eje de la inconstitucionalidad señalada radica en que el Congreso Nacional intenta dictar normas sobre materias que las provincias nunca delegaron a la Nación.

«Las provincias crean la nación a través de la Constitución y le señalan qué facultades tiene. La gran mayoría de las normas establecidas en esta ley violan el federalismo porque la cuestión procedimental y procesal es materia reservada por las provincias«, explicó el Dr. Nassif.

Según el constitucionalista, mientras que la Nación tiene la potestad de dictar los códigos de fondo, es facultad exclusiva de cada jurisdicción provincial determinar cómo actúa su justicia a través de sus propios códigos de procedimiento (civil, penal o laboral).

El artículo 47: «Un insulto al federalismo»

Nassif fue categórico al analizar los puntos específicos denunciados por Zamora, haciendo especial hincapié en el artículo 47 del proyecto. Según el letrado, este apartado ordena la aplicación directa del Código de Procedimiento Penal de la Nación en las jurisdicciones locales, anulando la soberanía legislativa de las provincias.

«Es casi un insulto al federalismo y un avasallamiento a las autonomías. Directamente anula la posibilidad de que las provincias dicten sus normas procesales. Como bien señaló el senador, con apenas dos artículos de fondo bastaba; el resto es una extralimitación del Congreso Nacional», sentenció.

Defensa del orden institucional

Finalmente, el especialista destacó que la alocución de Zamora debe ser tenida «siempre presente» como un documento de defensa del derecho público provincial. En un contexto donde se discuten reformas profundas, el análisis jurídico refuerza la postura de que no puede haber una ley penal juvenil válida si esta ignora la estructura constitucional que otorga a las provincias el mando sobre sus propias instituciones judiciales.