25 de abril de 2026

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[Audio] Ley Cazzu: el proyecto que busca frenar el «bloqueo» de los padres ausentes

La iniciativa, inspirada en el conflicto legal de la cantante jujeña, propone suspender la responsabilidad parental ante incumplimientos graves. En diálogo con Radio Exclusiva, la abogada de familia María Amelia Gómez explicó los alcances de esta reforma que busca agilizar trámites esenciales —como viajes y salud— sin depender del consentimiento de progenitores que no cumplen con la cuota alimentaria ni mantienen contacto con sus hijos.
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​El debate sobre la responsabilidad parental en Argentina ha tomado un nuevo impulso bajo el nombre de «Ley Cazzu». Este proyecto de ley, que ya ingresó al Congreso de la Nación, surge como respuesta a una problemática que afecta a miles de hogares monoparentales: el uso de la patria potestad como una herramienta de control y «bloqueo» por parte de progenitores que, aunque están ausentes en la crianza y en el sustento económico, retienen el poder legal para impedir decisiones cotidianas, como la tramitación de un pasaporte o un tratamiento médico.

​Sobre este tema, la Dra. María Amelia Gómez, especialista en Derecho de Familia, brindó precisiones clave en Radio Exclusiva. Según la letrada, el proyecto no busca una quita definitiva de la patria potestad, sino una suspensión transitoria que se activaría bajo dos supuestos específicos y concurrentes.

  • Incumplimiento económico: La falta de pago de la cuota alimentaria (total o parcial) por tres meses consecutivos o seis alternados.
  • Ausencia afectiva: La falta de contacto físico o telemático con el menor por un periodo mínimo de tres meses.

«Hay una ausencia total de la figura paterna, pero si el niño tiene que hacer un viaje y necesita la firma, el padre ausente le bloquea la vida», advirtió la Dra. Gómez, subrayando que la reforma del Código Civil de 2015, si bien buscó eliminar estereotipos de género con la coparentalidad, en la práctica ha dejado a muchas madres en una situación de injusticia ante la falta de cooperación del otro progenitor.

​La Dra. Gómez también destacó que esta suspensión no es un castigo irreversible, ya que el progenitor podría rehabilitar sus derechos si justifica causas razonables, aunque dejó claro que la «simple dificultad económica» o el hecho de vivir en el exterior no serán excusas válidas para mantener el bloqueo sobre la vida del menor.

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