27 de junio de 2026

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​El Gobierno oficializó el plan de retiro voluntario para el personal de Parques Nacionales

​El Ejecutivo nacional aprobó el reglamento para el recorte de la planta permanente de la APNAC. Los cargos vacantes de quienes se adhieran serán eliminados definitivamente y los beneficiarios no podrán volver a trabajar en el Sector Público Nacional por el término de cinco años.
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​El Poder Ejecutivo Nacional formalizó la implementación del Sistema de Retiro Voluntario 2026 destinado de manera exclusiva al personal de la Administración de Parques Nacionales (APNAC). La medida alcanza a los agentes de la planta permanente que gocen de estabilidad laboral y registren una antigüedad mínima de dos años en el organismo.

​El plan contempla dos franjas de edad para determinar el esquema de desvinculación: empleados de hasta 64 años inclusive, y aquellos de 65 años o más que no reúnan los servicios necesarios para la jubilación ordinaria ni prevean cumplirlos en los próximos 12 meses. No obstante, el reglamento excluye de manera explícita al Cuerpo de Guardaparques Nacionales, además de a los agentes procesados por delitos contra la Administración Pública o bajo sumario administrativo.

​Eliminación de cargos y prohibición de reingreso

​Uno de los puntos centrales del anexo normativo radica en el impacto estructural sobre el organismo: todos los puestos y funciones del personal que opte por el retiro quedarán suprimidos a partir de la fecha de su baja. El documento aclara taxativamente que dichas vacantes «no podrán ser nuevamente cubiertas bajo ninguna modalidad de contratación o designación».

​Asimismo, el Gobierno dispuso un estricto cerrojo laboral para los beneficiarios, quienes tendrán prohibido volver a prestar servicios en el Sector Público Nacional por un período de 5 años. Esta restricción abarca tanto a ministerios y entes descentralizados como a cargos de autoridades superiores, asesores de gabinete y contratos financiados por organismos internacionales de crédito; quedando exceptuada únicamente la docencia universitaria.

​Esquema de indemnizaciones y plazos

​Las gratificaciones extraordinarias de egreso se calcularán sobre la remuneración bruta mensual normal y habitual de los agentes, excluyendo conceptos extraordinarios, horas extras y aguinaldo:

  • Hasta 60 años inclusive: Percibirán el 90% de la base de cálculo por cada año de antigüedad o fracción mayor a tres meses.
  • A partir de los 61 años: Recibirán el 85% por año trabajado, con un tope máximo de 24 haberes brutos para quienes tengan entre 61 y 63 años, y de 12 haberes brutos para los de 64 años o más.

​El pago de dicha compensación se abonará en dos tramos: un primer desembolso del 35% a los 15 días del acto administrativo, y el 65% restante en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

​La adhesión al programa comenzará a regir a partir del primer día hábil del mes siguiente a la publicación oficial del acto aprobatorio y se extenderá por un plazo de 30 días. El trámite deberá formalizarse por vía digital mediante el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE). No obstante, la presentación no garantiza un derecho automático al beneficio, ya que la APNAC se reserva la facultad discrecional de rechazar solicitudes en función de las necesidades operativas y el normal funcionamiento de las áreas operativas.