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Alberto Fernández firmará un DNU para regular la adquisición de nuevas vacunas

Lo anunció esta tarde la secretaria Legal y Tecnica del Poder Ejecutivo, Vilma Ibarra.También se creará un fondo de compensación Covid-19 “para indemnizar a quienes puedan ser dañados por las vacunas”.
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La secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra, anunció que el presidente Alberto Fernández firmará el DNU para la regulación de la adquisición de nuevas vacunas y afirmó que la instrucción para la negociación es «compatibilizar» la llegada de nuevos fármacos con los intereses que tenemos que proteger.

Agregó que el DNU se publicará este sábado en el Boletín Oficial, durante una conferencia de prensa en Casa de Gobierno.

Ibarra delantó que incluirá modificaciones y que una de ellas es que se «suprime la negligencia como supuesto de responsabilidad para los fabricantes de vacunas Covid 19» y el Estado establecerá «el modo en que recibe conforme las vacunas» y se suprime «malicioso o fraudulenta» y se utilizará «conductas dolosas».

Agregó que tendrán «inmunidad soberana» todos los bienes del Estado.

La funcionaria nacional subrayó que el DNU “es fruto de mucho esfuerzo” llevado a cabo para “cuidar los intereses de la Nación”.

Claves de la conferencia

📌 El presidente Alberto Fernández dio la instrucción de iniciar conversaciones y encontrar la forma de compatibilizar las necesidades de los laboratorios con los intereses que tiene que proteger el Estado nacional. Esta compatibilización se logró tras un proceso arduo de los equipos técnicos y jurídicos luego de muchos meses de trabajo entre las partes.

📌 El Gobierno publicará mañana un Decreto de Necesidad y Urgencia para modificar la Ley de Vacunas con el objetivo de que la Argentina pueda adquirir vacunas pediátricas y pueda ampliar el espectro de vacunas disponibles para la población en general.

📌 El DNU simplifica la negociación con TODOS los laboratorios y es el resultado de un proceso de conversaciones y negociaciones con aquellos que proveen las vacunas y habían manifestado la imposibilidad de contratar en el marco de la Ley de Vacunas dictada el año pasado (27.573).

📌 El DNU establece modificaciones a la ley de 27.573 que regula la adquisición de vacunas contra el COVID-19.

📌 Se crea un Fondo de Reparación COVID-19 para responder al pago de indemnizaciones ante la eventualidad de que una persona pueda ser dañada por la aplicación de una vacuna.

📌 El Fondo se crea para vacunas COVID y es un mecanismo que existe en muchos países del mundo y da tranquilidad a respecto de las contrataciones.

📌 También se suprime la negligencia como supuesto de responsabilidad para quienes tienen a su cargo la investigación, el desarrollo, la producción o el suministro de vacunas, teniendo en cuenta que en los contratos a firmar se establecerá el modo en que el Estado recibe conforme o no las vacunas que se adquieren.

📌 Además, respecto a la referencia a “maniobras fraudulentas, conductas maliciosas” en la ley se reemplaza por “conductas dolosas”, un concepto más claro y que es el que utiliza el Código Civil y Comercial.

📌 En materia de inmunidad de los bienes del Estado se va a eximir de inmunidad a las regalías que percibe el Estado nacional y los bienes privados del Estado. Todos los bienes soberanos establecidos en la Ley de Restauración de Sostenibilidad de la Deuda deben permanecer soberanos.

📌 El Fondo de Reparación se armó porque si alguna persona sufre un daño y pide una reparación tiene que existir la tranquilidad de que ese fondo es el que lo cubre y si no, lo hará el Estado.

📌 Con el objetivo de conseguir la mayor cantidad de vacunas lo antes posible, la nueva norma abre tres posibilidades para recibir dosis: los convenios con laboratorios, el mecanismo COVAX y las oportunidades de donaciones de diferentes Estados, fundamentalmente de Estados Unidos.